¿Puedo presentar una reconvención en un proceso monitorio?
Si has recibido una reclamación de deuda a través de un proceso monitorio, es posible que además de querer defenderte, te estés preguntando si puedes contraatacar legalmente a quien te reclama. Esta intención se conoce como reconvención.
En este artículo te explicamos qué es la reconvención, si es posible utilizarla dentro del procedimiento monitorio y qué alternativas existen si tú también tienes algo que reclamar.
En Defensa Monitorio, ayudamos a quienes han recibido una notificación de deuda injusta o que ya ha prescrito. Nos especializamos en proteger tus derechos y asegurarnos de que no pagues un importe que no te corresponde.
Si has recibido una notificación de procedimiento monitorio, es fundamental actuar con rapidez: dispones de solo 20 días para presentar tu defensa.
No responder a tiempo podría llevarte a aceptar una deuda indebida. Llevamos más de 15 años ayudando a personas a protegerse de deudas. Analizamos tu situación, sin compromiso.
¿Qué es una reconvención?
La reconvención es una figura legal que permite a la persona demandada no solo defenderse, sino también formular una demanda contra quien le ha demandado, dentro del mismo procedimiento judicial.
En otras palabras: si alguien te demanda, tú puedes responder y además reclamarle algo a esa persona o entidad. Es una especie de “respuesta ofensiva” dentro del juicio.
¿Se puede presentar una reconvención en un proceso monitorio?
La respuesta es no.
El procedimiento monitorio es un proceso especial, rápido y simplificado, pensado únicamente para reclamar deudas dinerarias claras y documentadas.
Esto significa que no permite introducir una reconvención directamente, porque su única función es determinar si la deuda es pagada, aceptada o discutida. No se entra a valorar más allá de eso.
Entonces, ¿nunca puedo reclamar algo al acreedor?
Sí puedes, pero en otro momento y de otra forma:
- Si te opones al monitorio, el procedimiento deja de ser monitorio y pasa a transformarse en un juicio verbal u ordinario (según la cantidad).
- En ese nuevo juicio, y si la ley lo permite, sí podrías presentar una reconvención.
Ten en cuenta que para poder reconvenir deben cumplirse requisitos de forma, plazo y relación entre las dos reclamaciones. Además, será necesario que actúes con abogado y procurador si la cuantía supera los 2.000 €.
¿Cuándo conviene valorar una reconvención?
Si tienes una deuda pendiente con quien te reclama, pero también tú tienes derecho a reclamarle algo (por ejemplo, incumplimientos, daños, facturas impagadas, penalizaciones…).
Si quieres negociar o reducir la deuda, aportando argumentos sólidos que generen presión legal.
¿Qué pasa si simplemente me defiendo?
Si decides solo oponerte sin reconvención, estarás defendiendo que la deuda no existe, no es exacta o no procede. El juez valorará tu oposición y decidirá si el procedimiento sigue o se archiva.
En muchos casos, esto ya es suficiente para frenar un embargo o evitar una ejecución injusta.
¿Te han reclamado una deuda y tienes algo que responder?
No es posible presentar una reconvención directa en el proceso monitorio, pero sí se puede plantear en el juicio posterior, si te opones y se cumplen los requisitos.
En Defensa Monitorio revisamos tu caso y te ayudamos a defenderte correctamente. Si además tienes derecho a reclamar algo al acreedor, estudiamos la mejor forma de hacerlo.
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