Plazos y fases del procedimiento monitorio
Un procedimiento monitorio es un mecanismo legal que permite al acreedor reclamar el pago de una deuda de manera más ágil.
El proceso se inicia con la presentación de un requerimiento de pago ante el Juzgado competente, que luego notifica al deudor, dándole la oportunidad de saldar la deuda o presentar oposición si considera que no es legítima.
En Defensa Monitorio, ayudamos a quienes han recibido una notificación de deuda injusta o que ya ha prescrito. Nos especializamos en proteger tus derechos y asegurarnos de que no pagues un importe que no te corresponde.
Si has recibido una notificación de procedimiento monitorio, es fundamental actuar con rapidez: dispones de solo 20 días para presentar tu defensa.
No responder a tiempo podría llevarte a aceptar una deuda indebida. Llevamos más de 15 años ayudando a personas a protegerse de deudas. Analizamos tu situación, sin compromiso.
A continuación, te explicamos todos los pasos y etapas del procedimiento monitorio.
Recepción del monitorio
En esta fase el deudor recibe el requerimiento de pago, también conocido como monitorio.
Este documento especifica la deuda reclamada y otorga un plazo para responder.
Plazo de respuesta
Tras recibir el monitorio, el deudor tiene un plazo de 20 días hábiles desde la notificación para presentar una oposición o pagar la cantidad reclamada.
Reacción del deudor
Estas son sus 3 posibles reacciones:
Oposición
Si el deudor presenta oposición dentro del plazo de 20 días, el procedimiento monitorio se transforma en un juicio ordinario o en un juicio verbal, dependiendo de la cuantía de la deuda.
Pago voluntario
Si el deudor paga la cantidad reclamada dentro del plazo de 20 días, el procedimiento termina.
Inacción
Si el deudor no responde al requerimiento ni paga, el juez dicta un decreto dando por terminado el proceso monitorio y ordenando la ejecución forzosa de la deuda
Oposición al monitorio
Si el deudor considera que la deuda reclamada es injusta o incorrecta, puede presentar una oposición ante el Juzgado dentro del plazo establecido. Se puede resolver en un juicio ordinario (para deudas superiores a 6.000 euros) o en un juicio verbal (para deudas hasta 6.000 euros). En esta fase, ambas partes podrán aportar pruebas y argumentos.
Resolución y ejecución
Una vez valoradas las pruebas, el juzgado emitirá una sentencia o decreto. Si la resolución es favorable al acreedor y el deudor no paga voluntariamente, se abrirá la fase de ejecución, donde pueden embargarse bienes, cuentas bancarias o parte del salario.
Por eso es crucial comprender los plazos y las etapas del procedimiento monitorio. Actuar dentro del tiempo establecido y con asesoramiento especializado puede marcar la diferencia entre cerrar el proceso o enfrentarse a un embargo.
En Defensa Monitorio te acompañamos en cada paso del procedimiento: analizamos tu situación, revisamos la documentación, valoramos la posible prescripción de la deuda y preparamos tu defensa para que no pagues lo que no te corresponde.



